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Poder para Trámites ante Entidades (Cámara, DIAN, Bancos)

Este poder especial autoriza trámites ante Cámara de Comercio, DIAN, bancos u otras entidades en Colombia. Delimita facultades para evitar actos fuera del encargo.

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Poder para Trámites ante Entidades (Cámara, DIAN, Bancos)Ejemplo

PODER ESPECIAL PARA TRÁMITES ANTE ENTIDADES

Lugar y fecha de otorgamiento: Bogotá D.C., 15 de junio de 2026.

Señores

Bogotá D.C.

Referencia: poder especial y limitado para trámite ante entidad.

PODERDANTE: Carlos Alberto Pérez Gómez, identificado(a) con C.C. número 79.456.123, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la PODERDANTE

APODERADO: María Fernanda López Ramos, identificado(a) con C.C. número 52.789.456, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la APODERADO(A)

PRIMERA. ENTIDAD Y TRÁMITE. El presente poder se dirige a Bogotá D.C., clasificada para estos efectos como: DIAN o autoridad tributaria. El trámite exacto autorizado es:

  • Trámite exacto autorizado: …
  • Renovación, inscripción, actualización, retiro o consulta: …
  • Prohibición expresa de actos distintos al trámite descrito

SEGUNDA. IDENTIFICACIÓN DEL TRÁMITE. El NIT, matrícula, cuenta, radicado, expediente, formulario, referencia o identificación aplicable es:

  • NIT o identificación del poderdante: …
  • Matrícula mercantil, cuenta, radicado o expediente: …
  • Formulario, referencia de solicitud o identificación del trámite: …

TERCERA. FACULTADES AUTORIZADAS. EL APODERADO podrá realizar únicamente las siguientes gestiones ante la entidad:

Radicar, consultar y solicitar copiasRecibir notificaciones y retirar

CUARTA. FACULTADES EXCLUIDAS. Quedan excluidas y no concedidas las siguientes facultades, actos, decisiones o disposiciones:

  • No vender, endeudarse ni transigir
  • No abrir productos no listados ni retirar dinero salvo autorización
  • No modificar datos sensibles sin aprobación previa
  • No sustituir ni delegar salvo autorización expresa

Este poder no autoriza actos distintos al trámite descrito ni permite comprometer a EL PODERDANTE por fuera del alcance escrito.

QUINTA. DOCUMENTOS Y ANEXOS. EL APODERADO podrá entregar, radicar, solicitar, recibir o retirar únicamente los documentos y anexos siguientes:

  • Certificados, formularios, actas y copias
  • RUT, estados, soportes contables o identificación
  • Poderes, tokens o contraseñas temporales, si aplica

SEXTA. NOTIFICACIONES. Los canales autorizados para recibir, reenviar o reportar comunicaciones, requerimientos, respuestas y constancias son:

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Información necesaria

  • Ciudad de otorgamiento
  • Fecha de otorgamiento
  • poderdante(s) (quien otorga el poder) — nombre, cédula y contacto
  • apoderado(s) (quien hace el trámite en tu nombre) — nombre, cédula y contacto
  • Tipo de entidad o destinatario
  • Entidad destino

El contrato incluye

13 secciones

1. Entidad y Trámite

2. Identificación del Trámite

3. Facultades Autorizadas

4. Facultades Excluidas

5. Documentos y Anexos

6. Notificaciones

7. Firma de Formularios

8. Firma de Formularios

9. Manejo de Dineros

10. Manejo de Dineros

11. Sustitución

12. Sustitución

13. Vigencia

§

Marco legal aplicable

Código de Comercio — Ley 222 de 1995 (SAS) — Decreto Reglamentario 224 de 2022 — Estatuto Tributario — normas de registro mercantil ante Cámara de Comercio.

Guía legal

Guía: Poder para Trámites ante Entidades (Cámara, DIAN, Bancos)

Guía para redactar poder para trámites ante entidades (cámara, dian, bancos) en Colombia: qué debe incluir, cláusulas clave, errores frecuentes y una plantilla que puedes completar paso a paso.

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