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Modelo Contrato de Teletrabajo / Trabajo Remoto en PDF — Colombia
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CONTRATO INDIVIDUAL BAJO MODALIDAD DE TELETRABAJO
En la ciudad de Bogotá D.C., a los 15 de junio de 2026, entre los suscritos a saber: por una parte, Soluciones Andinas S.A.S., identificado(a) con NIT número 901.234.567-8, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la EMPLEADOR(A), y por la otra parte, María Fernanda López Ramos, identificado(a) con C.C. número 52.789.456, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la TRABAJADOR(A), se celebra el presente contrato individual de trabajo.
Las partes acuerdan implementar teletrabajo bajo la modalidad Teletrabajo autónomo, conforme a la Ley 1221 de 2008, modificada por la Ley 2466 de 2025, el Decreto 1227 de 2022 incorporado al Decreto 1072 de 2015, el Código Sustantivo del Trabajo y las demás normas aplicables.
PRIMERA - OBJETO, CARGO Y FUNCIONES:
EL EMPLEADOR contrata los servicios personales de EL TRABAJADOR para desempeñar el cargo de Analista de operaciones, bajo continuada dependencia y subordinación. Las funciones, responsabilidades, reportes, entregables e indicadores serán:
SEGUNDA - RÉGIMEN, LUGAR Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN:
La modalidad pactada será Teletrabajo autónomo, con un porcentaje remoto aproximado de 60%. El lugar principal será Calle 100 # 15-20, Bogotá D.C. y la sede presencial de referencia será sede Bogotá, Calle 100 # 15-20 / No aplica por trabajo remoto total.
Las condiciones físicas y ergonómicas del puesto serán:
Para ARL, seguridad y salud en el trabajo, identificación de peligros, cambios de lugar y accidentes se aplicarán estas reglas:
El registro, reporte y soporte en el expediente laboral se manejará así:
TERCERA - SALARIO, AUXILIO, GASTOS Y HERRAMIENTAS:
EL EMPLEADOR pagará a EL TRABAJADOR un salario ordinario de $ 3.500.000 (TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M.L.), con periodicidad Mensual. La forma y condiciones de pago serán:
El salario se pagará Dentro de los primeros 5 días de cada mes, mediante transferencia o consignación bancaria a la cuenta de ahorros No. 123-456789-01 del banco Bancolombia, a nombre del TRABAJADOR. El EMPLEADOR enviará el comprobante de pago al TRABAJADOR dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la transacción.
El valor mensual del auxilio o compensación de conectividad será de $ 2.500.000 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M.L.).
Su clasificación es Teletrabajador con menos de 2 SMLMV: auxilio legal reemplaza transporte. El auxilio legal de conectividad reemplaza el auxilio de transporte; solo se reconocerá uno de los dos y su valor será el vigente para el auxilio de transporte. No constituye salario, sin perjuicio de su inclusión en la base prestacional cuando la ley lo ordene.
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