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Modelo Contrato de Matrícula Educativa en PDF — Colombia
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CONTRATO DE MATRÍCULA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
En Bogotá D.C., a 15 de junio de 2026, celebran el presente contrato:
INSTITUCIÓN: Carlos Alberto Pérez Gómez, identificado(a) con C.C. número 79.456.123, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la INSTITUCION(A)
ESTUDIANTE(S): María Fernanda López Ramos, identificado(a) con C.C. número 52.789.456, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la ESTUDIANTE
ACUDIENTE(S), PADRE(S) O RESPONSABLE(S): Carlos Alberto Pérez Gómez, identificado(a) con C.C. número 79.456.123, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la ACUDIENTE
PRIMERA. NATURALEZA Y OBJETO. EL INSTITUCION prestará el servicio educativo correspondiente a Educación preescolar, básica o media privada, para el programa, nivel o grado Grado noveno / Técnico laboral / Diplomado / Semestre 2026-1, durante Calendario A 2026 / Semestre 2026-1. El calendario académico aplicable es Calendario A (Calendario institucional propio / Semestral 2026-1). El periodo iniciará el 15 de junio de 2026 y finalizará aproximadamente el 15 de junio de 2026, con la jornada y modalidad siguientes:
Cuando el servicio corresponda a educación formal privada de preescolar, básica o media, este contrato se entiende integrado por el Proyecto Educativo Institucional, el reglamento interno o manual de convivencia y las reglas aplicables a matrícula, tarifas, derechos y deberes de la comunidad educativa. Para otros niveles o modalidades, se aplicarán las normas sectoriales y políticas institucionales que correspondan al servicio contratado.
SEGUNDA. DOCUMENTOS INSTITUCIONALES. EL ACUDIENTE y EL ESTUDIANTE declaran haber recibido o tener acceso a los documentos institucionales aplicables, identificados así:
Ninguna política institucional podrá interpretarse como renuncia a derechos fundamentales del estudiante, de su familia o de la institución.
TERCERA. OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIÓN. EL INSTITUCION se obliga a prestar el servicio educativo ofrecido, disponer docentes o facilitadores idóneos, informar evaluaciones y novedades relevantes, aplicar sus políticas académicas y de convivencia con debido proceso, proteger la información personal y mantener canales de atención razonables para el acudiente y el estudiante.
CUARTA. OBLIGACIONES DEL ACUDIENTE Y DEL ESTUDIANTE. EL ACUDIENTE se obliga a acompañar el proceso formativo, suministrar información veraz, atender comunicaciones, cumplir las obligaciones económicas aceptadas y participar en los espacios necesarios para el seguimiento del estudiante. EL ESTUDIANTE se obliga a asistir, participar, respetar el manual o reglamento y cumplir las políticas académicas, de convivencia y uso de herramientas institucionales.
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