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Modelo Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales Musicales en PDF — Colombia

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CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES MUSICALES

En Bogotá D.C., a 15 de junio de 2026, entre Carlos Alberto Pérez Gómez, identificado(a) con C.C. número 79.456.123, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la CEDENTE y María Fernanda López Ramos, identificado(a) con C.C. número 52.789.456, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la CESIONARIO(A), se celebra el presente contrato sobre derechos patrimoniales musicales, conforme a la legislación colombiana, la Decisión Andina 351 de 1993 y las siguientes cláusulas.

1. ACTIVO MUSICAL. El activo objeto de este contrato corresponde a: Obra musical/composición y letra (publishing), titulado "Ritmo de la Noche". Su identificación completa es:

  • Autores, compositores, intérpretes y productores
  • ISWC / ISRC / UPC, si existen
  • Fecha de creación o fijación, versión, grabación, sello y publisher

2. CADENA DE TITULARIDAD. EL CEDENTE declara que la cadena de titularidad, autorizaciones, contratos previos, split sheet, editoriales, productores, intérpretes, samples, beats y demás soportes relevantes es:

  • Split sheet, contratos previos, obra por encargo o cesiones anteriores
  • Editoriales, productores, intérpretes, samples, beats y colaboradores
  • Autorizaciones necesarias y soportes disponibles

3. CESIÓN Y PORCENTAJE. EL CEDENTE transfiere a EL CESIONARIO el 100% de los derechos patrimoniales descritos en este documento, bajo la modalidad de Cesión exclusiva. La cesión se limita a las modalidades, territorio, plazo y condiciones expresamente pactadas.

4. MODALIDADES CEDIDAS. Los derechos y modalidades cedidas son:

  • Reproducción, distribución, comunicación pública y puesta a disposición
  • Sincronización, transformación/arreglos y sublicenciamiento
  • Monetización digital, edición, administración editorial o master

5. DERECHOS RESERVADOS. Los derechos no cedidos, reservas, exclusiones, derechos morales, créditos, territorios, canales, sincronización, gestión colectiva, versiones futuras o remixes se regulan así:

  • Derechos morales, créditos y usos no cedidos
  • Sincronización, territorios o canales excluidos
  • Gestión colectiva, versiones futuras o remixes reservados

6. TERRITORIO, PLAZO Y CANALES. La cesión aplicará en Todo el mundo / Colombia / Latinoamérica y Estados Unidos durante Por el término máximo de protección legal / diez (10) años desde la firma. Los canales, plataformas, agregadores, sublicenciatarios, usos digitales, audiovisuales, publicitarios, de ejecución pública o de monetización serán:

  • DSPs, agregadores, YouTube/Content ID y redes sociales
  • Radio, TV, cine, publicidad, videojuegos y conciertos
  • Sublicenciatarios, territorios adicionales y usos digitales autorizados

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