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Reconocimiento de Deuda y Acuerdo de Pago en Perú: guía

Guía para redactar reconocimiento de deuda y acuerdo de pago en Perú: qué debe incluir, cláusulas clave, errores frecuentes y una plantilla que puedes completar paso a paso.

Equipo editorial HazTuContrato · Metodología y revisión de contenido

El reconocimiento de deuda y acuerdo de pago en Perú es el documento en el que el deudor admite una deuda existente y pacta cómo la pagará: origen, monto, cuotas, intereses dentro del máximo del BCRP y vencimiento anticipado. El reconocimiento interrumpe la prescripción de la deuda.

Crear el documento

Completa el formulario y genera reconocimiento de deuda y acuerdo de pago editable en minutos.

Checklist práctico

  • ✓DNI o RUC de acreedor y deudor
  • ✓Origen de la deuda
  • ✓Monto y calendario de pagos
  • ✓Cuenta para los pagos

Qué debe incluir

DNI o RUC de acreedor y deudor. Origen de la deuda. Monto y calendario de pagos. Cuenta para los pagos.

Para qué sirve: Ordenar el pago de facturas vencidas de un cliente; Fraccionar una deuda entre particulares; Reiniciar el plazo de prescripción de una deuda.

Cláusulas recomendadas

1. Origen. 2. Reconocimiento. 3. Forma de pago. 4. Intereses. 5. Vencimiento anticipado.

Además, el documento resuelve: Origen y monto de la deuda; Reconocimiento expreso del deudor; Pago único o calendario de cuotas; Intereses opcionales dentro del máximo legal.

Plantilla relacionada

Crear Reconocimiento de Deuda y Acuerdo de Pago

Completa el formulario paso a paso y genera una versión editable del documento. La plantilla pertenece al catálogo de derecho peruano.

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Preguntas frecuentes

¿El reconocimiento reinicia la prescripción?

Sí. El reconocimiento de la obligación interrumpe la prescripción (Código Civil, art. 1996 inc. 1), y el plazo vuelve a correr desde entonces.

¿Reemplaza a las facturas o al contrato original?

No. La obligación original subsiste; este documento la reconoce y fija un nuevo calendario de pago.

¿Puedo cobrar intereses?

Sí, si se pactan, sin superar la tasa máxima que fija el Banco Central de Reserva del Perú (art. 1243).

Aviso: esta guía es informativa y orientativa para casos estándar. No constituye asesoría legal personalizada. La normativa puede cambiar; verifica fuentes oficiales y consulta un profesional cuando tu operación lo requiera.