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Modelo Pagaré en PDF — Argentina

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PAGARÉ

No. PAG-AR-001-2026

En Buenos Aires, a 1 de mayo de 2026, comparecen:

SUSCRIPTOR(ES): Valentina Sofía Romero, identificado(a) con DNI número 35.987.654, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la SUSCRIPTOR(A)

BENEFICIARIO(S): Consultora Río de la Plata S.R.L., identificado(a) con CUIT número 30-71234567-8, quien para los efectos del presente contrato se denominará el/la BENEFICIARIO(A)

Las partes instrumentan el presente pagaré conforme a las siguientes cláusulas:

PRIMERA. DENOMINACIÓN Y PROMESA DE PAGO. Este documento contiene la denominación de pagaré y se emite a la orden de EL BENEFICIARIO. EL SUSCRIPTOR promete pura y simplemente pagar a EL BENEFICIARIO la suma de $ 2.500.000 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ARGENTINOS). Para claridad documental, el monto en letras es: Ochocientos mil pesos argentinos.

SEGUNDA. VENCIMIENTO Y LUGAR DE PAGO. El tipo de vencimiento será: Fecha fija. La fecha fija de vencimiento será el 15 de junio de 2026.El plazo desde la vista será: treinta días desde la vista del suscriptor.

El pago deberá efectuarse conforme a:

El suma del pagaré se pagará En la fecha fija de vencimiento, mediante transferencia o consignación bancaria a la cuenta de caja de ahorro No. CBU 0170099990000000000000 del banco Banco Galicia / BBVA, a nombre del BENEFICIARIO. El pago extemporáneo generará intereses de mora a la tasa máxima legal permitida, liquidados desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago efectivo.

TERCERA. LUGAR Y FECHA DE CREACIÓN. El pagaré se crea en Buenos Aires el 1 de mayo de 2026.

CUARTA. RELACIÓN CAUSAL. Sin alterar la autonomía cambiaria del título, las partes dejan constancia de que el pagaré se emite en respaldo de:

  • Contrato, mutuo, factura o saldo reconocido que respalda el pagaré: …
  • Número, fecha, partes y documentos soporte vinculados: …
  • Relación entre suscriptor, beneficiario y obligación causal: …

QUINTA. INTERESES. Los intereses compensatorios, si correspondieren, serán: No se pactan / tasa pactada para pagaré a la vista, sujeta a revisión. Los intereses punitorios o de mora serán: No se pactan / tasa de mora pactada en la relación causal, sujeta a revisión. Toda liquidación deberá conservar base, periodo, tasa, saldo, pagos aplicados y soporte documental.

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